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Fuero de familia

Condenaron a Alexandra Sabio a seis meses de prisión en suspenso por el delito obstrucción de vínculo agravada

18 de Noviembre de 2025

La Justicia neuquina condenó a Alexandra Sabio a seis meses de prisión en suspenso por el delito de obstrucción al vínculo agravada, tras considerar acreditados reiterados impedimentos al contacto entre un padre y su hijo menor durante el período investigado.

El tramo juzgado comprende un año de conductas obstructivas, aunque durante el debate se señaló que podrían existir hechos posteriores que no fueron incluidos en esta acusación y que podrían derivar en nuevas actuaciones judiciales.

Antecedentes en el fuero de familia: pérdida del cuidado del menor

El expediente penal se desarrolló en paralelo a diversas intervenciones del fuero de Familia, donde Sabio fue sancionada en reiteradas oportunidades por incumplir resoluciones vinculadas al régimen de comunicación.

Ante los incumplimientos sostenidos, el juzgado de Familia dispuso meses atrás el giro del cuidado del menor, otorgando el cuidado unilateral al padre, medida que se mantiene desde hace aproximadamente tres meses.

Según se expuso en los procesos de familia, durante más de cinco años Sabio no cumplió ninguna de las resoluciones destinadas a garantizar el contacto entre el niño y su progenitor. También se mencionó que, pese a órdenes expresas, el padre no pudo mantener ni siquiera videollamadas con su hijo en fechas significativas como el Día del Niño o el Día del Padre.

Estas circunstancias fueron citadas por la Fiscalía como parte del contexto que evidenció la persistencia de las conductas obstructivas.

Un accionar considerado sistemático

 

Durante el debate, la Fiscalía describió un esquema sostenido de obstrucción destinado a impedir o debilitar la relación del menor con su padre y su familia paterna. Los planteos se apoyaron en testimonios, pericias e informes aportados al expediente. El tribunal, sin embargo, circunscribió su sentencia a los hechos acreditados en el período formalmente imputado.

Denuncia disciplinaria contra el psicólogo interviniente

En la audiencia también se mencionó cuestionamientos a la actuación del psicólogo Claudio Marín. El padre del menor presentó una denuncia ante el Colegio de Psicólogos, alegando presuntas violaciones al Código de Ética.

Según el relato incorporado por la Fiscalía, el menor refirió que durante las sesiones se le proponían dinámicas o “juegos” vinculados a formular dichos sobre su padre. La denuncia se encuentra en trámite y es materia de evaluación del órgano colegiado.

En el expediente se mencionaron antecedentes de suspensiones previas de matrícula, aunque ello no constituye una sanción disciplinaria actual.

Normas estrictas por hostigamiento a un funcionario provincial

Además de la pena en suspenso, la Justicia impuso a Sabio normas de conducta especialmente severas, tras considerar acreditado un patrón de hostigamiento hacia Claude Staicos, funcionario del Gobierno de Neuquén y padre del menor.

Entre las restricciones más relevantes se encuentran:

Prohibición de exponer al niño mediante fotos, datos personales o cualquier tipo de contenido en redes sociales, medios de comunicación o plataformas informativas.

Prohibición de difundir información o imágenes vinculadas a Staicos con fines de exposición o descrédito.

Cumplimiento total del régimen de comunicación vigente.

Prohibición de cualquier conducta de perturbación u hostigamiento —directa o indirecta— hacia el padre.

Supervisión judicial del cumplimiento de estas medidas.

Causas civiles en trámite

 

En paralelo, Sabio enfrenta acciones civiles por daños y perjuicios, iniciadas por el padre del menor, quien denunció un continuo hostigamiento y escraches públicos ocurridos en redes sociales y otros espacios digitales. Estos expedientes se tramitan por separado y aún no tienen resolución definitiva.

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