Justicia
Indignación en La Plata: condenaron a un docente por abuso sexual, pero no pisará la cárcel
4 de Julio de 2025

La Justicia de La Plata volvió a quedar en el centro de la polémica luego de que un fallo judicial permitiera que un docente condenado por abuso sexual continúe en libertad. Se trata de Néstor Lauria, profesor de una escuela técnica platense, quien fue hallado culpable de haber abusado de una alumna, pero gracias a una reducción de pena, no irá a prisión.
Según informó el diario 0221, el caso se remonta a una denuncia que recorrió un largo camino judicial: declaraciones, pericias y audiencias durante años. En 2024, Lauria fue juzgado y condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 a 4 años y 11 meses de prisión. Sin embargo, como la sentencia no estaba firme, y al no considerarse un riesgo procesal, el docente continuó en libertad.
Su abogado, Ricardo Callaba, apeló la resolución ante la Sala III del Tribunal de Casación Penal bonaerense. El resultado fue favorable para Lauria: los jueces Víctor Violini y Daniel Carral reencuadraron el delito, eliminaron una agravante y bajaron la condena a 3 años de prisión condicional.
Este jueves 3 de julio, el juez Ramiro Fernández Lorenzo presidió la audiencia de cesura, en la que se formalizó la nueva pena: 3 años en suspenso. Tanto la fiscalía como la querella aceptaron el nuevo fallo, que quedó firme. De esta forma, Lauria no irá preso, aunque deberá cumplir una serie de estrictas condiciones, como no acercarse a la víctima ni contactarla bajo ninguna forma.
El caso desató un debate inevitable: ¿es justo que una persona condenada por un delito sexual no reciba una pena de efectivo cumplimiento? ¿Dónde queda la reparación para la víctima? ¿Hasta qué punto la ley protege más al acusado que al damnificado?
La resolución, sin embargo, se ajusta a lo que establece el Código Procesal Penal bonaerense: la prisión preventiva debe ser la excepción, y no la norma. Además, las condenas en suspenso están contempladas para ciertos casos, especialmente cuando no hay antecedentes penales y la pena es menor a tres años.
Desde la defensa, Callaba insistió en que su tarea fue simplemente ejercer el derecho constitucional a la defensa. Y lo logró: convenció a los camaristas de que la pena inicial era desproporcionada.
Para algunos, el caso refleja una falla del sistema. Para otros, demuestra que el Estado de derecho debe garantizar también las garantías del acusado, aun cuando los delitos generan un fuerte rechazo social.
Mientras tanto, Lauria deberá cumplir con las pautas impuestas por la Justicia. Un solo incumplimiento podría revocar el beneficio. La comunidad educativa, por su parte, sigue de cerca el caso, con preocupación y atención.
Este fallo, lejos de cerrar el debate, lo enciende: ¿qué pasa con los condenados por delitos sexuales cuando no van a prisión? ¿Cómo equilibrar el dolor de las víctimas con el principio de legalidad? La respuesta, una vez más, queda en manos de una sociedad que sigue buscando justicia en un terreno donde nunca hay decisiones fáciles.